¿Qué es el ciberacoso, el grooming y el ciberbullying?

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He estado recopilando definiciones de términos que rondan cada vez con más frecuencia nuestro día a día. Más concretamente para los que tenemos hijos con ciertas edades e inquietudes tecnológicas. Por la importancia que supone para mí la educación digital, suelo visitar las webs de Agenda Digital y la de la Oficina de Seguridad del Internauta para ponerme al día de las acciones que Ministerio de Industria pone en marcha para el fomento tecnológico y las novedades sobre seguridad en Internet.

En éstas páginas he encontrado unas guías creadas por el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación, que fueron presentadas por el Ministerio el pasado mes de noviembre y cuyo objetivo es la protección de los menores en la Red y reforzar la confianza en el escenario digital.

Podéis informaros en este enlace.

De estas guías, de la RAE, la Wikipedia y opiniones de especialistas en estas materias he recogido las definiciones de ciberacoso, groomingciberbullying

Ciberacoso se puede definir como la acción de llevar a cabo “amenazas, hostigamiento, humillación u otro tipo de molestias realizadas por un adulto contra otro adulto por medio de: Internet, telefonía móvil, e-mail o chats

Esta figura incluye ridiculizaciones, robos de contraseñas e incluso suplantaciones de identidad cuando se promueve reiteradamente y siempre a través de dispositivos con conexión a Internet o mediante SMS, audiomensajes, imágenes, etc., con la finalidad de socavar la dignidad personal y su autoestima. Por supuesto, la situación se vuelve especialmente grave cuando se da en menores.

El grooming se define como el acoso o acercamiento a un menor ejercido por un adulto con fines sexuales. Son acciones deliberadas para establecer una relación y un control emocional sobre un niño o niña con el fin de preparar el terreno para el abuso sexual del menor, incluyéndose en este desde el contacto físico hasta las relaciones virtuales y la obtención de pornografía infantil.

El ciberbullying es definido como el uso y difusión de información, real o ficticia, con ánimo lesivo o difamatorio y en formato electrónico. Esta difusión puede realizarse a través de diferentes medios de comunicación digital, como el correo electrónico, la mensajería instantánea, las redes sociales, mensajería de texto a través de dispositivos móviles o la publicación de vídeos o fotografías en plataformas electrónicas de difusión de contenidos. Es un tipo de ciberacoso en el que solo se ven implicados menores.

Recapitulando, el ciberacoso son las amenazas y hostigamiento entre adultos o entre un adulto y un menor a través de Internet, chats, móvil o e-mail y dentro de esta figura se pueden distinguir el grooming y el ciberbullying.  En la primera, el adulto es el que se acerca al menor con una finalidad sexual (pederastas) y en la segunda se da solo entre menores y la finalidad es la humillación, mofa y ridiculización de otro menor

  • Ciberacoso ------------------------------------------- adulto adulto/menor
  • Ciberbullying ------------------------------------------ menor/menor
  • Grooming ---------------------------------------------- adulto/menor

Existen nuevas figuras de abuso y acoso a través de las nuevas tecnologías y su evolución es imparable. La legislación, por contra, no está suficientemente evolucionada para proteger y amparar a quienes padezcan este tipo de acoso. Tanto la legislación en materia de telecomunicaciones y servicios de la sociedad de la información como el Código Penal deben actualizarse ante las innovadoras figuras ilícitas para poder salvaguardar los derechos debidamente; si no estos hechos caerán en el olvido social y la impunidad puede reforzar que se cometan situaciones como éstas.